Si en alguna ocasión usted ha leído la letra menuda que acompaña la caja que contiene medicamentos para el resfriado, seguramente señala que no es aconsejable conducir en el momento en que tome el medicamento. Esto se explica dado que muchos medicamentos de uso común para tratar un resfriado o alergia, pueden producir somnolencia. Por ello es recomendable revisar siempre las etiquetas de los medicamentos para cerciorarse de que no contengan alguna clase de advertencia puesto que según las leyes del Estado de California, es ilegal usar drogas al conducir su vehículo. De realizar dicha conducta, usted podría ser procesado por conducir bajo la influencia de drogas.

Una condena por conducir bajo la influencia de drogas podría resultar en la suspensión de su licencia de conducción durante el término de 6 meses o más, dependiendo de la cantidad de delitos previos por conducir bajo la influencia que reposen en su historial. Adicionalmente usted podría tener que pasar un tiempo tras las rejas, además de tener que responder por el pago de multas y sufrir toda una serie de consecuencias que a largo plazo se generan, tales como la dificultad para conseguir trabajo o vivienda por el hecho de tener antecedentes penales.

Por lo general las personas creen que contar con una prescripción médica formulada por el médico es una justificación legal válida ante un cargo por conducir bajo la influencia de drogas, o que este tipo de cargos tienden a referirse únicamente a sustancias ilícitas como la cocaína o metanfetamina, lo cual no es así. Lo cierto es que no importa si el medicamento fue legalmente recetado, puesto que si afectó su capacidad para conducir, usted podría ser acusado de conducir bajo la influencia de drogas. Pudo tratarse de una droga como la metanfetamina o incluso un medicamento recetado como vicodin o valium.

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Enfrentar cargos por conducir bajo la influencia de drogas puede llegar a ser muy estresante y vergonzoso. Si usted se encuentra actualmente en esta situación, su reputación y derecho a conducir están en riesgo. Es importante que contacte un abogado de DUID en San Diego del Bufete de Defensa Criminal para empezar a trabajar cuanto antes en la defensa más idónea de acuerdo con las circunstancias que rodean su caso.

¿Qué significa conducir bajo la influencia de drogas?

Para los efectos de la Ley de conducción bajo la influencia de drogas, el término “droga” se refiere a una sustancia o combinación de sustancias, diferentes del alcohol, cuya ingesta podría afectar:

  • El sistema nervioso;
  • El cerebro; o
  • Los músculos

Y que por tanto inciden apreciablemente en la capacidad para operar un vehículo automotor de manera segura.

Ahora bien, el término “droga” incluye lo siguiente:

  • Drogas ilícitas como la heroína, la cocaína y la metanfetamina, por mencionar algunos ejemplos.
  • Prescripciones médicas/medicamentos recetados.
  • Medicamentos de venta libre.

Por su parte, según la ley de California, conducir se entiende como el control deliberado e intencional de un vehículo para que se mueva. Por ello, se dice que un conductor está conduciendo cuando hace que las ruedas del vehículo giren y lo mueva, aunque sea a una corta distancia. Al respecto, es importante resaltar que una persona no es culpable de DUID por simplemente estar sentada en el asiento del conductor, si no mueve el vehículo.

En este sentido, en California es ilegal conducir bajo la influencia de drogas, lo que implica que las capacidades mentales o físicas de la persona que conduce se vean deterioradas a tal punto de que no le sea posible conducir un vehículo con la precaución que tendría una persona sobria haciendo uso del debido cuidado en las mismas circunstancias o bajo circunstancias similares. Bajo este orden de ideas, sus capacidades se pueden ver afectadas debido al consumo de:

  • Cualquier droga ya sea ilegal, recetada o de venta libre;
  • Una combinación de cualquier droga y alcohol; o
  • Mientras sea adicto a cualquier droga, a menos que esté recibiendo tratamiento para la adicción bajo un programa aprobado.

Este delito se conoce por sus siglas en inglés como DUID. No existe un límite legal para la cantidad de drogas que usted puede tener en su sistema, esto se debe a que los expertos no pueden ponerse de acuerdo acerca de qué concentración de drogas en el torrente sanguíneo hace que una persona se sienta incapacitada para conducir. Por lo que cualquier cantidad de droga que aparezca en un análisis de sangre puede traer como consecuencia el tener que enfrentar un cargo por DUID.

Ejemplo

Una persona que se encuentra tomando un medicamento recetado para el dolor, como es el caso de Vicodin y que lleva años tomándolo requiere una determinada dosis terapéutica para que el medicamento funcione. Sin embargo dicha cantidad no afectará su capacidad de conducción. Por el contrario, sí podría afectar la capacidad de conducir de otro individuo que tomara la misma cantidad pero por primera vez. Con este ejemplo es posible comprender el por qué no existe un límite legal para la cantidad de drogas que una persona puede tener en su sistema, a diferencia de lo que sucede con el alcohol, donde existen estándares establecidos para lo que constituye la embriaguez, según los cuales una persona tendría que tener un porcentaje de 0.08% o más en el momento de conducir, para enfrentar cargos por conducir bajo la influencia del alcohol.

¿Cuáles son las drogas que comúnmente llevan a enfrentar cargos por DUID en California?

Por lo general los cargos por DUID se basan en que una persona se encuentre bajo la influencia de:

  • Marihuana
  • Opiáceos recetados como es el caso de Vicodin u Oxycotin
  • Metanfetamina
  • Ambien

En realidad cualquier medicamento que afecte el sistema nervioso, cerebro y/o músculos de un individuo, incluso si es necesario para la salud del conductor, puede conllevar a enfrentar cargos por DUID.

¿De qué manera se lleva a cabo una investigación por conducir bajo la influencia de drogas?

Cuando usted conduce bajo la influencia de drogas, su capacidad para conducir se altera, y generalmente su nivel de precaución y control sobre el vehículo es lo que se coloca en cuestión. Sin embargo, hasta el momento los agentes del orden público no han desarrollado un método confiable para medir el nivel de deterioro de la capacidad en conductores, como resultado de estar bajo la influencia de drogas. Mientras que el nivel de alcohol puede medirse a través de pruebas de sangre y de aliento, el deterioro que se produce como resultado de las drogas, no es susceptible de medición objetiva. Es así como el oficial que se encarga de efectuar el arresto se basa en la observación cuidadosa, para identificar aquellos conductores que han hecho uso de las drogas y que conducen bajo ese estado. La observación cuidadosa implica estar atentos a ciertos indicadores como por ejemplo dificultad para comunicarse, ojos enrojecidos o llorosos, inestabilidad, excesiva sudoración, lengua blanca pastosa, entre otros. Lo anterior significa que los arrestos que se efectúan por conducir drogado, con frecuencia se basan en evidencia subjetiva y no en pruebas químicas objetivas.

El testimonio del oficial que lo arrestó o de los testigos que vieron la forma en que conducía son relevantes. Si usted fue detenido por DUI, es decir, conducir bajo la influencia del alcohol, y pasó la prueba de alcoholemia, pero no pasó las “FSTs”, es decir, las pruebas de sobriedad como por ejemplo mantenerse de pie sobre una sola pierna o caminar y girar, el agente puede sospechar que usted está bajo la influencia de drogas en lugar de alcohol.

En California, ante la sospecha del uso de drogas, los agentes del orden público confían en el experto en reconocimiento de drogas denominado “DRE”, el cual es llamado para investigar. El DRE está capacitado para reconocer el deterioro de las drogas en conductores sospechosos. Este experto lleva a cabo una evaluación rigurosa que consta de 12 pasos y que implica la realización de: exámenes de vista, control del pulso, pruebas de tono muscular, búsqueda de puntos de inyección, entre otros. Además de ello su evaluación puede incluir realizar nuevamente las pruebas de sobriedad, preguntar al conductor acerca del uso de la droga para observar su comportamiento y solicitar al conductor que se someta a un análisis de sangre y/o de orina de DUI. Un buen abogado de DUI en San Diego del Bufete de Defensa Criminal con conocimiento acerca de la forma en que se capacitan a estos expertos, y los procedimientos a los cuales deben ceñirse, podrá encontrar fallas en el proceso llevado a cabo por éstos o en sus conclusiones.

¿Qué sucede cuando se tiene la sospecha que usted conduce bajo la influencia de drogas?

Cuando se tiene la sospecha de que usted conduce drogado, el agente generalmente le pedirá una muestra de sangre que puede analizarse para determinar la presencia o no, de drogas en su cuerpo. En California, en el momento en que usted obtiene su licencia de conducción, bajo el denominado “consentimiento implícito”, acepta someterse al análisis de aliento y de sangre de llegar a ser arrestado por DUI. Si usted se niega a dar una muestra, se podrían generar las siguientes consecuencias:

  • La suspensión de su licencia de conducción;
  • El aumento de la sanción de resultar condenado por el cargo de DUID, es decir, por conducir bajo la influencia de drogas.

Incluso, si usted enfrenta cargos por DUID porque estuvo involucrado en un accidente, o se encuentra inconsciente, el oficial puede intentar obtener una orden emitida por un juez para extraer la muestra de sangre. Bajo este orden de ideas, es posible que hasta lo inmovilicen para que el personal calificado en un hospital o centro médico proceda a tomar la respectiva muestra.

¿Qué debe probar el fiscal para que se profiera una condena por DUID?

Para obtener una condena en el juicio, el fiscal debe probar no sólo que la droga estaba presente en el sistema de conductor en el momento de conducir, sino también que el conductor estaba incapacitado como resultado de estar bajo la influencia de la droga, de tal manera que no podía operar el vehículo automotor con el mismo grado de seguridad en que lo haría un conductor típico que no esté bajo la influencia de drogas o alcohol. Este puede ser un obstáculo difícil de superar para el fiscal, cuando la droga en cuestión es una droga que puede detectarse en el organismo de una persona mucho tiempo después de haberla ingerido, así como mucho tiempo después de que los efectos hayan desaparecido. Este es el caso de algunas drogas que pueden detectarse en el sistema de una persona pese a que la persona ya no siente sus efectos. Un ejemplo es la cocaína, la cual permanece en el organismo de la persona durante aproximadamente 35 horas, y la marihuana, la cual puede detectarse hasta un mes después de haber sido ingerida.

¿Cuáles son las posibles sanciones que se generan como resultado de una condena por DUID en California?

En California, un DUID por lo general constituye un delito menor. No obstante, puede presentarse como un delito mayor bajo determinadas circunstancias.

Cuando un DUID es considerado un delito menor, se contemplan las mismas sanciones que se atribuyen por conducir bajo los efectos del alcohol, así:

  • De 3 a 5 años de libertad condicional por DUI
  • Una multa (por valor alrededor de $1.800 de tratarse de la primera ofensa)
  • Escuela de DUI de California
  • Suspensión de la licencia de conducción
  • Posible tiempo en prisión

Por su parte, un DUID puede ser procesado como delito mayor cuando:

  • Se trata del cuarto o subsecuente delito de DUI;
  • Usted tiene al menos una condena previa por un delito mayor de DUI; o
  • Un tercero resultó gravemente herido o falleció como resultado de la conducción bajo la influencia de las drogas o si se trata del tercer o subsecuente DUI que causa lesiones.

En este caso un delito mayor de DUID concibe las siguientes sanciones:

  • De 16 meses a 4 años en la cárcel o prisión;
  • Multa de $1.000-$5.000;
  • Suspensión o revocación de la licencia de conducción por al menos un año.

¿Cuáles son las consecuencias a largo plazo que se producen por conducir bajo la influencia de drogas?

En California, conducir bajo la influencia de drogas constituye un delito que puede conllevar a tener antecedentes penales, los cuales aparecen en las verificaciones que realizan los empleadores en medio de los procesos de contratación de personal. Esto quiere decir que la tarea de conseguir trabajo se dificulta, más aún cuando el trabajo implica conducir de alguna manera. Lo mismo se predica de la búsqueda de vivienda, teniendo en cuenta que también se realizan tales verificaciones antes de celebrarse cualquier tipo de contrato entre las partes.

Otra consecuencia que se genera es la posibilidad de perder el seguro del vehículo. En muchas ocasiones, las compañías de seguro se niegan a asegurar al conductor, excepto que a cambio se paguen primas bastante altas.

Por último, una condena por DUID puede afectar negativamente un proceso de divorcio o de custodia de los hijos.

¿Cuáles son las estrategias de defensa más utilizadas ante casos DUID?

Teniendo en cuenta que no existe un límite legal, los cargos por DUID dependen en gran parte de las percepciones del oficial que efectúa el arresto. Esta situación es complicada debido a que la mayor parte del caso en su contra se basa entonces en el testimonio del agente, el cual relata al jurado la forma como recuerda ocurrió dicho arresto. Ahora bien, para que se lleve a cabo el juicio, a menudo habrán transcurrido varios meses desde el arresto, lo que deja como poco confiable la memoria del agente. Este caso se presenta particularmente con aquellos agentes que realizan numerosos arrestos por DUI y que debido a ello tienen problemas para diferenciar uno de otro. Lo anterior constituye un factor clave que permite señalar lo complicado que puede ser enfrentar cargos de este tipo.

No obstante, existen diferentes estrategias de defensa que se utilizan para evitar que el cargo DUID resulte en una condena que traiga serias consecuencias como: la suspensión de la licencia, el cumplimiento de tiempo en prisión y/o el pago de onerosas multas. Entre las tácticas de defensa se destacan las siguientes:

  • Usted presentó síntomas inofensivos que pueden parecerse a un trastorno por drogas.
  • La presencia de drogas en su sistema no significa necesariamente que usted estuviera bajo la influencia de éstas.
  • Usted no estaba conduciendo.
  • Se trata de un caso de intoxicación involuntaria.
  • Los resultados de las pruebas químicas no fueron precisos.

Usted presentó síntomas inofensivos que pueden parecerse a un trastorno por drogas

Síntomas como el exceso de cansancio por falta de sueño, alergia o nerviosismo pueden parecerse bastante a los efectos que se producen como resultado de estar bajo la influencia de las drogas.

La presencia de drogas en su sistema no significa necesariamente que usted estuviera bajo la influencia de éstas

Las pruebas que se utilizan para detectar drogas en su sistema, sólo revelan la presencia de ellas mas no su cantidad. No existe una correlación científica entre la cantidad de drogas en el sistema de una persona y el deterioro que ocasionan en ella las mismas, debido a que la tolerancia es relativa y específica a factores como el peso corporal, tipo de cuerpo y frecuencia con la que se consume la droga. En este contexto, la tolerancia se refiere a el desarrollo de inmunidad a las drogas o el alcohol.

Un ejemplo de esto sería el caso de una persona que es detenida por un agente de policía por sobrepasar el límite de velocidad establecido. El agente luego de hablar con la persona y observar su conducta, sospecha que el individuo se encuentra bajo la influencia de la marihuana. Posteriormente un DRE le administra un análisis de sangre y verifica que efectivamente la persona tiene marihuana en su sangre. La persona había fumado marihuana cinco días antes de ser arrestada. Tratándose de un consumidor habitual de marihuana, la sustancia por lo general permanece en su sistema de 5 a 7 días. Frente a lo cual el abogado defensor puede argumentar que cualquier efecto de la marihuana se había disipado en el momento del arresto, y que la presencia de la sustancia en la sangre, no tiene correlación con el hecho de que si su capacidad para conducir se vio o no afectada.

Usted no estaba conduciendo

Una persona no es culpable de conducir bajo la influencia de drogas si simplemente se sentó en el asiento del conductor del vehículo, sin moverlo.

Tampoco constituye un DUID, conducir hacia algún lugar, detenerse y luego consumir drogas sin volver a manejar nuevamente. Aún cuando la persona se encuentre bajo la influencia de drogas en el momento del arresto, si no estaba en realidad conduciendo en el instante en que fue influenciada por las drogas, no se trata de un caso de DUID.

Se trata de un caso de intoxicación involuntaria

A pesar de que conducir bajo la influencia de las drogas es un delito de responsabilidad estricta, es decir, que el conductor no necesita tener la intención delictiva o conocimiento previo de que conducirá bajo los efectos, antes de cometer el delito; la intoxicación involuntaria representa una estrategia de defensa potencial debido a que si la persona no sabía que había ingerido una droga antes de conducir y cae inconsciente, es posible que no sea culpable de cometer este delito. Este es el caso de una persona que haya sido víctima de otra, la cual echó algo en su bebida y como resultado de ello se haya intoxicado. Es posible que no pueda parar de conducir antes de que la droga afecte su capacidad para detenerse.

Los resultados de las pruebas químicas no fueron precisos

Aún cuando la prueba de sangre u orina de DUI arroja resultado positivo por drogas, no siempre significa que los resultados estén correctos. Las pruebas químicas pueden no ser válidas debido a factores como el uso de equipo médico contaminado, sangre extraída indebidamente, el almacenamiento inadecuado de las muestras y/o manejo inadecuado de las mismas.

¿Enfrenta cargos por conducir bajo la influencia de drogas en San Diego, California?

Si actualmente usted enfrenta cargos por conducir bajo la influencia de drogas en San Diego, es imprescindible contar con la asesoría legal de un abogado de DUID en San Diego del Bufete de Defensa Criminal. Evite enfrentar las serias consecuencias de una condena por DUID y contáctenos al 619-722-5858 para una consulta gratis y confidencial.