En California, exhibirse a usted mismo en forma inapropiada es una conducta contraria a la ley. Por ende, si usted exhibe sus partes privadas en presencia de una persona o grupo de personas que podrían sentirse ofendidas por esta acción, con el fin de obtener satisfacción sexual para usted mismo u ofender a otra persona, podría enfrentar cargos por el delito de exposición indecente, también conocido como desnudez pública.
Muy al contrario de lo que popularmente se piensa, una condena por exposición indecente puede acarrear terribles consecuencias a corto y largo plazo, por lo cual un cargo de esta clase no debe ser tomado a la ligera. Esto se debe a que de resultar condenado, usted tendría que pasar tiempo en prisión y pagar una correspondiente multa. Además, cualquier persona que resulte condenada por exposición indecente tiene el deber de registrarse como delincuente sexual por el tiempo de al menos 10 años. Dicho registro genera dificultades para encontrar y mantener un empleo, así como para sostener relaciones a nivel personal. Además, el no registrarse puede dar lugar a cargos penales adicionales.
¿Usted o alguno de sus seres queridos enfrenta cargos por exposición indecente en San Diego?
Si actualmente usted o alguno de sus seres queridos ha sido acusado de exposición indecente, su futuro y reputación están en juego. En el Bufete de Defensa Criminal un abogado de exposición indecente de San Diego puede brindarle la asesoría legal que requiere, al revisar minuciosamente los detalles de su caso teniendo en cuenta los hechos específicos que le dieron lugar. ¡Contáctenos de inmediato!
¿Qué se entiende por exposición indecente en California?
La ley en California a través del Código Penal 314, define la exposición indecente como el acto deliberado de exhibir sus genitales en presencia de otra persona que podría sentirse ofendida, motivado por el deseo de satisfacerse sexualmente a sí mismo u ofender a dicha persona.
Al respecto cabe mencionar que no es necesario que usted se haya tocado sus genitales, puesto que es suficiente con que los muestre para que la conducta sea considerada como un acto de exposición indecente. A su vez, tampoco tiene que estar completamente desnudo o sin ropa para ser acusado de este delito, basta con que sus partes privadas estuvieran a la vista de quienes lo rodeaban.
Los siguientes son algunos ejemplos de exposición indecente:
- Un hombre adulto que va por la calle mostrando sus genitales a las mujeres que caminan o transitan por ese lugar, con el propósito de satisfacerse sexualmente.
- Una mujer que se sube la falda en un restaurante y muestra sus partes privadas por deseo propio o para satisfacer sexualmente a su pareja.
- Un joven adolescente que expone sus genitales a las mujeres mayores de edad que salen de una iglesia con el objetivo específico de ofenderlas.
- Un hombre de pie frente a su ventana completamente desnudo, sabiendo que las personas que pasen por enfrente a su casa pueden verlo. El hombre realiza esta acción para satisfacerse sexualmente, y enfrentará cargos por exposición indecente si alguien mira a través de su ventana y ve sus genitales descubiertos.
Por el contrario, a continuación se mencionan ejemplos que NO constituyen exposición indecente:
- En una tarde de domingo, una mujer que espera en la fila de un cine levanta su vestido y muestra a las personas que se encuentran a su alrededor su ropa interior. En este caso, la mujer no expuso sus genitales por lo que no debería ser acusada por el delito de exposición indecente.
- Durante sus compras navideñas, un hombre sale de un centro comercial con sólo una toalla envuelta alrededor de su cintura. De forma inesperada la toalla se resbala y expone sus genitales a las personas que transitan por la calle. El hombre muy apenado, rápidamente reacciona y se ajusta la toalla a su cintura pidiendo disculpas a los presentes. En este caso, la exposición fue accidental así que el hombre no enfrentará cargos por exposición indecente.
- Una mujer camina por un parqueadero totalmente vacío y se baja sus pantalones esperando conmocionar a las personas a su alrededor. Sin embargo es de noche y no hay nadie a su alrededor. Como nadie observó el hecho, esto no califica como exposición indecente y la mujer no enfrentará cargos por este delito.
- Una mujer que camina por la calle y el viento hace volar su vestido exponiéndose ante las demás personas. Este caso tampoco constituye exposición indecente debido a que la mujer no tenía control sobre ello.
¿La exposición indecente sólo ocurre en lugares públicos?
La ley en California requiere que usted actúe en un lugar público. Un lugar público puede ser un lugar a la vista de las personas que pasan o transitan como es el caso de un parque o un restaurante. Sin embargo, una vivienda privada o una edificación habitada también podría calificar como un lugar público para los efectos de la exposición indecente si usted ingresó a dichas instalaciones sin haber sido invitado o posteriormente exhibió sus partes privadas sin que así lo quisieran las personas que allí habitan.
¿Qué debo hacer si he sido arrestado por exposición indecente?
La exposición indecente no es un cargo que deba ser tomado a la ligera. No asuma que ganar un caso de estos por su propia cuenta. Las consecuencias pueden llegar a ser más serias de lo esperado.
Lo primero que usted debe saber sobre ser arrestado es que tiene derecho a permanecer en silencio y a un abogado. Proporcione su nombre y su dirección a las autoridades y luego solicite de manera inmediata la presencia de un abogado antes de contestar cualquier pregunta.
Generalmente cuando las autoridades de policía lo interrogan acerca de un incidente, intentarán obtener información que podría ser usada en su contra. Por este motivo, tan pronto como empiece a ser interrogado, asegúrese de tener representación legal. Un abogado defensor en San Diego del Bufete de Defensa Criminal puede brindarle la asistencia legal que necesita.
¿Qué debe probar el fiscal para que se profiera una condena por exposición indecente?
El fiscal debe probar más allá de toda duda razonable una serie de elementos para que usted llegue a ser condenado por el delito de exposición indecente, el cual hace parte de la categoría general de delitos sexuales. Los elementos son los siguientes:
- Que usted expuso deliberadamente/intencionalmente sus genitales en presencia de otra persona o grupo de personas que podrían sentirse ofendidas por esta acción.
- Que cuando se expuso a usted mismo, actuó con la intención de dirigir la atención a sus genitales desnudos motivado por el deseo de gratificarse sexualmente u ofender sexualmente a otra persona.
Exposición deliberada
La exposición deliberada se refiere a que la exhibición fue intencional y no accidental. No se considera exposición indecente que usted exhiba accidentalmente sus genitales o partes privadas.
Un ejemplo es el caso de un hombre que se encuentra en una playa practicando surf, y que por la fuerza de una ola se le haya soltado la pantaloneta que estaba usando, dejando al descubierto sus genitales. El hombre sale del mar bastante avergonzado y de forma rápida busca una toalla para cubrirse. Sin embargo, las personas que se encuentran en el lugar ven sus partes privadas expuestas y se sienten ofendidas por ello. En este caso el hombre no cometió una exposición indecente dado que exhibió sus genitales por accidente y no intencionalmente.
Las partes privadas/genitales
Frente a este punto es importante aclarar que los senos de las mujeres no están cubiertos por el estatuto. Además, usted no comete una exposición indecente si sólo mostró su ropa interior, sin importar cuán ofendido se haya sentido otra persona al ver su ropa interior.
En presencia de otra persona o grupo de personas
Si la supuesta exposición indecente no se realizó en presencia de otra persona o grupos de personas que pudieran sentirse ofendidas o molestas por esta acción, usted no puede ser declarado culpable de cometer este delito. Si usted se encontraba en un área en la cual de manera razonable creyó que nadie más lo vería, entonces la alegada exposición probablemente no constituya exposición indecente.
Intención de dirigir la atención del público a sus genitales
No es suficiente que el fiscal demuestre que usted deliberadamente expuso sus genitales. También debe demostrar que lo hizo con la intención de dirigir la atención de otras personas hacia sus partes privadas.
Gratificación sexual u ofensa
La persona que se expone debe hacerlo con el fin de satisfacerse o gratificarse sexualmente u ofender sexualmente a otra persona. La persona ofendida no necesita realmente ver sus genitales para sentirse ofendida.
¿Qué actos no se consideran exposición indecente?
En primer lugar es importante resaltar que la exposición indecente no cubre los casos de desnudez accidental o en los cuales un individuo muestre una parte de su cuerpo accidentalmente como por ejemplo que a una persona de repente se le caigan por accidente los pantalones, dado que en esta situación el individuo no actúa a propósito o con la intención de excitarse sexualmente a sí mismo o de ofender en esta forma a alguien más.
A continuación se señalan una serie de actos que no constituyen el delito de exposición indecente:
- Amamantar o darle pecho a un niño. Debido a que mostrar un seno femenino desnudo no se considera como exposición indecente. Además la ley permite que las mamás amamanten a sus hijos en cualquier lugar privado o público sin temor a tener que enfrentar cargos penales por este hecho.
- Exhibirse en ropa interior. En este caso no importa que la ropa interior sea reveladora o escasa, no se considera exposición indecente.
- Mostrarse en traje de baño.
- Exposición pública en áreas designadas como es el caso de una playa nudista.
- Fallas en el vestuario. Un ejemplo de este último evento es el caso de una mujer que caminaba en un desfile de Halloween cuando de repente su disfraz se cae al suelo, exponiéndola ante los asistentes. Ante este suceso, la mujer intenta arreglar su disfraz de inmediato. Este caso tampoco constituye exposición indecente por cuanto se trató de un accidente.
¿En qué se diferencia la exposición indecente de la conducta lasciva?
El elemento clave y diferenciador entre ambos delitos sexuales, consiste en que el delito de exposición indecente, como su nombre lo indica, requiere únicamente que se expongan o exhiban los genitales, lo que significa que basta sólo con mostrarlos. En cambio en la conducta lasciva, usted toca sus partes privadas o las partes privadas de otro en un lugar público con el fin de obtener satisfacción sexual. Un ejemplo de conducta lasciva sería tener relaciones sexuales en la sala de un cine o en la playa.
¿De qué se trata la exposición indecente agravada?
Esta forma de exposición se presenta cuando una persona ingresa a una casa, casa rodante, edificio o estructura de propiedad de alguien más sin tener permiso para ello. Si luego de entrar a la vivienda, ocurre una exposición indecente, la persona será acusada de exposición indecente agravada, la cual concibe sanciones más serias.
¿Cuáles son las sanciones que se imponen como resultado de una condena por exposición indecente?
Si se trata de su primera condena por exposición indecente, conocida también como exposición simple, constituye un delito menor en California al cual se le atribuyen las sanciones que se contemplan a continuación:
- Seis meses en prisión del condado
- Multa por valor de hasta $1.000.
Por otro lado, la exposición indecente agravada es lo que se denomina “wobbler”, lo que significa que usted puede enfrentar cargos por ésta ya sea como delito menor o delito mayor a discreción del fiscal.
Si la exposición indecente agravada constituye un delito menor, entonces se atribuyen las mismas sanciones descritas con anterioridad a excepción de que la pena máxima de prisión aumenta hasta un año.
Pero si la exposición indecente agravada constituye un delito mayor, usted podría enfrentar las sanciones que se enuncian en adelante:
- 16 meses, 2 años o 3 años en la prisión estatal de California
- Hasta $10.000 en multas
Por último, si usted es condenado por exposición indecente por segunda vez o posterior, automáticamente se le acusará de un delito mayor de exposición indecente. Motivo por el cual usted puede enfrentar las mismas sanciones enumeradas anteriormente.
¿En qué consiste el registro como delincuente sexual en California?
Bajo la ley de California, si usted cometió el delito de exposición indecente, está obligado a registrarse como delincuente sexual. Actualmente la ley contempla que por esta violación usted deberá registrarse de manera obligatoria por el resto de su vida. A partir de Enero 01 de 2021 esta ley será modificada y dividirá los delitos en tres niveles. De tal manera que aquellos que hayan sido condenados por exposición indecente, serán clasificados en el nivel más bajo, en el cual el registro tiene un periodo mínimo de 10 años.
Por su parte, el no registro cuando se le solicita hacerlo, constituye un delito que se denomina fallar en registrarse como delincuente sexual.
El no registro como delincuente sexual es un delito mayor cuando usted fue condenado por exposición indecente como delito mayor. Por otro lado, el no registro como delincuente sexual es un delito menor cuando usted fue condenado por exposición indecente como delito menor.
Registrarse como delincuente sexual causará un gran impacto en su vida debido a que la comunidad en la que usted viva tendrá acceso a esta información, convirtiendo su reputación en cuestionable y poco confiable. Este registro también podría afectar su actividad laboral, incluso la mayoría de asociaciones profesionales autorizadas disciplinan a sus miembros en caso de que reciban una condena por delitos sexuales en California que requiera el registro como delincuente sexual. Esto generalmente se presenta en el caso de licencias de la junta médica, de enfermería, dental y licencias profesionales similares. Pese a esto, en caso de que usted haya sido condenado por exposición indecente como delito menor y esté empleado en una de estas profesiones u otra profesión que requiera obtener y mantener una licencia profesional, es posible que no pierda automáticamente dicha licencia.
A su vez como resultado del registro como delincuente sexual, se le solicitará mantenerse alejado de áreas públicas tales como escuelas y parques por tratarse de lugares donde puedan estar presente niños.
Cada año se le pedirá que proporcione información específica a la policía, incluyendo su dirección, lugar de trabajo e incluso nombres de usuario en línea.
¿Cuáles son las defensas legales que comúnmente se emplean en casos de exposición indecente?
Existen numerosas defensas disponibles para enfrentar cargos por exposición indecente. Teniendo en cuenta que cada caso es único, su abogado criminalista determinará el mejor curso de acción legal para lograr que los cargos sean reducidos o incluso completamente desestimados, asegurándose además de que sus derechos se encuentren protegidos. Una posible defensa es su derecho a la Primera Enmienda de desarrollar actividades artísticas siempre y cuando no tenga una intención o valor obsceno. Su abogado defensor en este caso deberá probar que su expresión de arte no tenía intención de ser obscena o de ofender a otros, y que simplemente consistió en un gesto artístico.
Otra de las defensas legales que usualmente se utilizan en casos de exposición indecente, son las siguientes:
- Usted fue erróneamente identificado
- Usted fue falsamente acusado
- Evidencia insuficiente
Usted fue erróneamente identificado
Es posible que un testigo haya afirmado que usted se exhibió, pero que en realidad se haya equivocado de sujeto, puesto que no haya sido usted quien llevara a cabo la conducta sino otra persona. La identificación errónea se presenta de manera frecuente cuando es de noche o en la oscuridad, donde las presuntas víctimas no logran ver claramente el rostro del delincuente. Quizás incluso el delincuente tenía la cara parcialmente oculta. Otro escenario de identificación errónea se presenta cuando por ejemplo usted comparte exactamente el mismo nombre de otra persona y es arrestado por error. En cualquier caso, su abogado defensor deberá convencer al jurado de que usted no fue el autor de la conducta y que por tanto no debe ser declarado culpable de exposición indecente.
Usted fue falsamente acusado
Esto sucede cuando una persona llevada por los celos, o sentimientos de ira o el deseo de venganza, realiza acusaciones falsas en contra de usted para tratar de lastimarlo por medio de repercusiones legales asociadas a una condena por exposición indecente.
Evidencia insuficiente
Una supuesta víctima pudo no haber visto de manera clara porque estaba lloviendo en ese momento o era de noche y estaba demasiado oscuro, quizás no había nadie alrededor suyo a quien ofender, o su intención no era la de satisfacerse sexualmente a usted mismo u ofender a otra persona, o sus genitales estaban parcialmente cubiertos. En estos casos, en los cuales no hay suficiente evidencia para probar todos y cada uno de los elementos que constituyen la exposición indecente, usted no debería ser declarado culpable de cometer este delito.
¿Qué otros delitos se relacionan con la exposición indecente?
- Conducta lasciva en público - CP 647(a)
- Conducta lasciva con un menor - CP 288
- Robo o allanamiento de morada - CP 459
- Solicitación de Prostitución - CP 647(b)
- Alteración del orden público - CP 415
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Una condena por exposición indecente puede perjudicarlo a nivel personal y laboral, en tanto puede ocasionar estragos en la forma como usted es visto ante la sociedad, además de que puede resultar en la pérdida de su licencia profesional, así como impedir que usted trabaje en determinadas ocupaciones. Su vida puede cambiar drásticamente al tener que registrarse como delincuente sexual y por ello es importante que actúe de inmediato y busque asesoría legal.
Si bien es cierto que su reputación corre el riesgo de dañarse, no hay por qué perder la calma si cuenta con un abogado de exposición indecente en San Diego del Bufete de Defensa Criminal. Nuestro equipo de abogados con amplia experiencia en este tipo de casos desarrollará la estrategia legal óptima conforme a las circunstancias concretas de su caso.
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