Cuando un menor está bajo la tutela del tribunal, es porque el tribunal ha asumido el control y la responsabilidad legal sobre el mismo. Esta decisión judicial limita la autoridad que tienen los padres sobre el menor e incluso puede llevar a que se pierda la custodia física.
Teniendo en cuenta lo anterior, es importante que cuente con la asesoría de un abogado defensor que lo guíe a través del proceso que se desarrolla ante el tribunal, le brinde acompañamiento a su hijo y lo represente.
Si su hijo enfrenta problemas con la ley y ha sido declarado pupilo del tribunal, en el Bufete de Defensa Criminal encontrará el apoyo legal que está buscando. Si se encuentra en el área de San Diego, CA comuníquese con nosotros de inmediato para obtener más información y conocer sus opciones.
¿Cuándo un menor se convierte en pupilo del tribunal?
Según lo dispuesto en la Sección 725(b) del Código de Instituciones y Bienestar, si un menor viola la ley, el tribunal puede colocarlo bajo su tutela. Que un menor esté bajo la tutela del tribunal implica que los padres tendrán un control limitado sobre el mismo.
Son varias las circunstancias que pueden llevar a que el menor no sea puesto bajo el cuidado de sus padres y que en cambio se convierta en un pupilo del tribunal. Esto sucede en los siguientes casos:
- Cuando el menor estuvo previamente en libertad condicional pero no mostró mejoría.
- Cuando los padres no están en capacidad de brindar capacitación, cuidado y manutención al menor.
- Cuando se determina que lo mejor para el bienestar del menor, es estar lejos de sus padres.
Ahora bien, una vez el menor es puesto bajo la tutela del tribunal, dicha autoridad judicial tomará en cuenta una serie de factores para determinar las medidas que adoptará con el fin de contribuir con su rehabilitación. Estos son los siguientes:
- La edad del menor.
- Las circunstancias que llevaron al menor a cometer el delito.
- La gravedad del delito.
- Los antecedentes penales del menor.
La tutela puede durar hasta que el tribunal ordene lo contrario. Aunque el menor también puede permanecer bajo la tutela durante un cierto periodo de libertad condicional.
Como pupilo de la corte, el menor puede estar sujeto a libertad condicional supervisada o no supervisada. Si el tribunal coloca al menor en libertad condicional sin supervisión, el menor no estará bajo la supervisión del oficial de libertad condicional. Sin embargo, el tribunal establecerá una serie de términos y condiciones adecuados y razonables que serán de estricto cumplimiento para el menor.
Cuando el tribunal coloca al menor en libertad condicional supervisada (lo que usualmente ocurre) es porque el pupilo ha cometido alguno de los delitos enumerados en el Código de Instituciones y Bienestar de California 707 (b), el delito de robo bajo la sección 459 CP, o el delito de posesión de sustancias controladas como peyote, cocaína, opiáceos o alucinógenos. En estos casos se le asigna un oficial de libertad condicional al menor, para que monitoree de cerca su comportamiento.
Por último, tenga en cuenta que si el menor no reside en los Estados Unidos, el tribunal puede hacer que el menor vuelva a la custodia de sus padres en lugar de mantenerlos en un país extranjero. Sin embargo, el tribunal solo emitirá esta orden si considera que es lo más conveniente para los intereses del menor.
¿Cuáles son las condiciones de libertad condicional que el tribunal establece en estos casos?
Cuando el pupilo del tribunal es puesto bajo libertad condicional, la autoridad judicial impone condiciones específicas que son de obligatorio cumplimiento pero que deberán ser razonables. Cuando el tribunal establece estas condiciones, restringe ciertas conductas que considera que pueden fomentar la participación delictiva del menor en el futuro, lo anterior encuentra explicación en el hecho de que el objetivo principal de estas medidas es la rehabilitación.
Algunas de las condiciones de libertad condicional que un pupilo del tribunal podría tener que cumplir al estar bajo este régimen son:
- Asistir a la escuela sin falta
- Cumplir con las disposiciones del toque de queda
- Cumplir con las restricciones de conducción establecidas
- Evitar relacionarse con ciertas personas
- Usar un dispositivo de monitoreo electrónico
- Participar en sesiones de asesoría por su cuenta o acompañado de sus padres.
Las leyes de absentismo escolar de California, señalan que los menores deben asistir a la escuela. Esto se debe a que todos los menores están sujetos a la educación obligatoria independientemente de si están en la escuela secundaria, media o primaria. Un menor que sin justificación falta a la escuela por un total de 3 días dentro de un año escolar, llega tarde 3 veces al año o está ausente 3 veces durante más de 30 minutos, infringe las leyes de absentismo escolar.
Sin embargo, existen algunas excusas para el absentismo escolar. A continuación, se mencionan algunas situaciones que, de presentarse, excusan a un menor que faltó a la escuela:
- El menor está indispuesto de salud o se encuentra enfermo.
- Las autoridades de salud locales lo han puesto en cuarentena.
- El menor faltó a la escuela por razones médicas justificables que la escuela había aprobado.
- El menor necesita tiempo para asistir al funeral de un familiar cercano.
- El menor necesita pasar tiempo con un miembro de la familia que está en servicio militar activo.
- El menor debe asistir a tratamiento médico, dental, oftalmológico, o cualquier otro similar.
- El menor va a prestar el servicio de jurado.
Cabe resaltar que las situaciones previamente señaladas no son las únicas que podrían presentarse, pues según la Ley de California, siempre que exista una razón razonable para que el menor falte a la escuela, no violará las condiciones de su libertad condicional.
¿Qué sucede cuando el menor que está bajo la tutela del tribunal es enviado fuera de casa?
Cuando un menor se convierte en pupilo del tribunal, dicha autoridad judicial puede optar por enviar al menor fuera de casa. El tribunal sacará al menor de su núcleo familiar si las condiciones de libertad condicional en el hogar no se cumplieron. Pero también puede llevárselo fuera de casa, si considera que lo mejor para el menor es estar lejos de sus padres.
Si el tribunal determina que el menor debe ser enviado fuera de casa, entonces será reubicado en uno de los siguientes lugares:
- Un hogar de acogida,
- La casa de un familiar cercano,
- Una institución privada, o
- Una agencia pública
¿Qué tiene en cuenta el tribunal para enviar al menor a un hogar de acogida?
Cuando el menor es enviado a un hogar de acogida, es llevado fuera de casa a una instalación abierta. El cuidado del menor podrá corresponderle a un pariente cercano o incluso a una persona que si bien no es pariente, está aprobada para tales efectos. Otras instalaciones de crianza temporal incluyen hogares grupales e instalaciones de cuidado comunitario autorizado.
Cuando el juez declara al menor bajo la tutela del tribunal, hay decisiones cruciales que deberá adoptar con respecto a la medicación, el cuidado, la conducta, la supervisión y la manutención. Pero antes de sacar al menor del hogar de sus padres y colocarlo en un hogar de acogida, se tomarán en consideración los siguientes aspectos:
- Si los padres fallaron en brindar al menor la orientación, educación y capacitación adecuadas.
- Si el menor ha estado en libertad condicional antes en la casa de sus padres, pero no mostró mejoría o no se logró su rehabilitación.
- Si el menor falta demasiado a la escuela y necesita más supervisión.
- Si lo mejor para el menor es sacarlo de la custodia física de sus padres.
Si luego de analizar los aspectos mencionados, el tribunal decide sacar al menor del hogar, el departamento de libertad condicional señalará un lugar alternativo para que el menor se quede en él.
Al elegir la ubicación donde recomendará enviar al menor, el departamento de libertad condicional tendrá que asegurarse de que el lugar tenga un ambiente familiar o que se trate de un sitio donde el menor pueda sentirse como en casa. Además, la ubicación debe satisfacer las necesidades del menor y debe ser lo menos restrictiva posible.
Sin embargo, la decisión final recae en el tribunal, el cual celebrará una audiencia para determinar la ubicación adecuada. En ella el juez tomará en cuenta los resultados del estudio social del menor realizado por el oficial de libertad condicional, así como cualquier evidencia presentada incluyendo la declaración de impacto de la víctima. Tenga en cuenta que el menor y sus padres también tendrán oportunidad de presentar cualquier material que consideren relevante durante la audiencia.
Finalmente, una vez el juez concluye con el examen de todo el material probatorio del caso, el oficial de libertad condicional hace la recomendación con respecto al lugar donde será ubicado el menor. Pero como el veredicto final le corresponde al tribunal, es posible que opte por rechazar dicha recomendación y que en cambio considere otras opciones alternativas para ubicar al menor.
¿Qué otras alternativas tiene el tribunal para ubicar a un menor que está bajo tutela judicial?
Tal como se mencionó anteriormente, además del hogar de acogida, el tribunal puede ubicar al menor en casa de alguno de sus familiares. De hecho, se prefiere ubicarlo en el hogar de un pariente que ubicarlo en una instalación.
Si el tribunal ubica al menor en casa de un pariente, puede incluso ordenar que esa persona actúe como tutor legal. De ser este el caso, el familiar será responsable de tomar todas las decisiones que requieran consentimiento legal incluyendo aquellas relacionadas con la educación y la atención médica del menor.
Cabe señalar que el tribunal también puede ubicar al menor en centros donde se ofrece tratamiento y en hogares de cuidado grupal. A su vez, también hay casos en los que el tribunal decide ubicar al menor en un programa de tratamiento fuera del Estado.
En realidad el lugar donde el tribunal decida ubicar al menor será aquel que considere más adecuado para su rehabilitación. Si el tribunal considera que lo mejor para el menor es ubicarlo en una instalación, tomará en consideración una serie de factores para determinar el tiempo que permanecerá en ésta. Estos son:
- Las necesidades del menor y las de su familia
- Si el menor representa algún riesgo para la comunidad
- Si el menor ha completado satisfactoriamente los programas de tratamiento asignados
Tenga en cuenta que cada seis meses el tribunal de menores llevará a cabo una audiencia de revisión de la ubicación. Asimismo, cada 12 meses dicha autoridad judicial celebrará una audiencia de planificación permanente, en la cual también participarán los padres si el menor vive con ellos.
¿Cuáles son los derechos que tiene un menor que está bajo la tutela del tribunal?
Incluso cuando un menor está en libertad condicional, la ley le reconoce ciertos derechos. El tribunal de menores establecerá condiciones a la libertad condicional del menor. Sin embargo, todas deben ser razonables y tener como objetivo reformar y rehabilitar al menor.
Cualquier requisito de libertad condicional que imponga el tribunal debe estar relacionado con el delito que cometió el menor, además de señalar obligaciones de hacer o no hacer determinadas acciones.
Con respecto a las obligaciones de hacer, la autoridad judicial puede fijar la realización de una conducta siempre y cuando no se refiera a un comportamiento delictivo, por ejemplo, que el menor asista a clase o participe en sesiones de asesoría. Con relación a las obligaciones de no hacer, el tribunal puede fijar prohibiciones siempre y cuando tengan como finalidad prevenir que el menor incurra en un comportamiento delictivo en el futuro, por ejemplo, que el menor se abstenga de relacionarse con actividades de pandillas o que no interactúe con ciertas personas.
Por eso cuando las condiciones de la libertad condicional que establece el tribunal no se ciñen a lo anteriormente señalado, se vulneran los derechos del menor.
A su vez, un menor que está bajo tutela judicial tiene derecho a lo siguiente:
- Visitas familiares. Cuando un menor se encuentra en un lugar diferente de su núcleo familiar, tiene derecho a recibir visitas de los miembros de su familia.
- Acceso a la computadora e Internet. Los menores tienen derecho a la computadora y el acceso a Internet mientras se encuentran fuera de casa.
- Identidad de género. Cuando un menor es enviado a una instalación externa, el oficial de libertad condicional debe ubicarlo en función de su identidad de género. Esto es independientemente del sexo y el género del menor descritos en los registros de bienestar infantil.
¿Bajo qué circunstancias el tribunal decide confinar al menor que está bajo tutela judicial?
Cuando el menor tiene un mal desempeño bajo el régimen de libertad condicional, el tribunal puede recomendar ubicarlo en un centro de menores, un campamento, un rancho, un rancho forestal o un hogar juvenil seguro. Cualquiera de las opciones mencionadas implica el confinamiento físico del menor en una instalación, lo cual es diferente a la libertad condicional.
Cuando el tribunal ordena el confinamiento de un menor, el objetivo no es sancionarlo. Esto se debe a que el objetivo principal siempre será su rehabilitación, así que al ordenar el confinamiento, en lugar de castigarlo, busca inculcarle un sentido de responsabilidad.
El confinamiento es obligatorio si un niño comete un delito violento que involucra el uso de un arma de fuego. Además, es posible que el tribunal ordene ubicar al niño en un centro alternativo si el menor tiene una condición o trastorno mental grave. En la mayoría de los casos, el tribunal ubica a los delincuentes juveniles en instalaciones dentro de sus condados de origen y ubica a los niños con problemas cognitivos, de alcoholismo y de drogas en instituciones privadas.
La duración del confinamiento en un centro para menores dependerá del tipo de delito que el menor haya cometido. Así las cosas, el tribunal de menores puede confinar a un menor en una instalación de éstas por un periodo de tiempo igual al que recibiría una persona que cometió el mismo delito pero fue juzgada por el tribunal penal de adultos.
¿Qué es la División de Justicia Juvenil?
La División de Justicia Juvenil o DJJ, se encarga de manejar aquellos menores que han cometido delitos mayores o violentos. Al ubicar al pupilo con la DJJ, el tribunal de menores debe considerar la protección y seguridad de la comunidad en general, así como lo que sea más conveniente para los intereses del menor.
Cuando el menor se compromete con la DJJ es porque existe una amplia evidencia que indica que al ubicarlo en estas instalaciones, se verá beneficiado. Sin embargo, también debe ser evidente que las otras alternativas (las cuales son menos restrictivas) son ineficaces para rehabilitar al niño. Lo anterior se debe a que enviar al menor a la DJJ es la medida más estricta que el tribunal puede tomar en un caso, pues los compromisos son severos además de prolongados, es por esta razón que se deben evaluar primero las demás alternativas de rehabilitación.
El tribunal sólo puede enviar a un menor a un centro correccional de la DJJ cuando está bajo tutela judicial. Además, también puede remitirlo cuando ha cometido un delito sexual recientemente o un delito de aquellos que señala el Código de Instituciones y Bienestar.
Al momento de asignar al menor en una de las instalaciones de la DJJ, el tribunal considera varios factores, entre ellos:
- La edad del menor
- El nivel de madurez
- Las necesidades educativas
- Las necesidades y los riesgos individuales
¿El tribunal puede imponer alguna multa al menor que está bajo tutela judicial? ¿Puede ordenar que pague una indemnización?
Sí puede. El tribunal de menores puede imponer una multa considerable al pupilo. Tanto así que en algunos casos la multa puede ser tan alta como la que se impone a un adulto cuando comete el delito, y bajo estos escenarios el tribunal debe determinar si el menor puede pagarla.
Con respecto a la multa, es importante tener claro que es diferente de la indemnización que se debe pagar a la víctima. La indemnización es un pago que el pupilo hace a una víctima para compensarla por la pérdida económica sufrida debido a sus acciones. El término “víctima” es amplio y puede abarcar a un familiar de quien ha sufrido directamente los daños, cuando este último ha fallecido. Asimismo, puede incluir una agencia gubernamental encargada de reparar y restaurar la propiedad dañada.
Teniendo en cuenta lo anterior, es posible que el pupilo deba pagar una indemnización a la víctima por concepto de:
- Daños a la propiedad.
- Gastos médicos en los que incurrió la víctima para el tratamiento de las lesiones físicas que sufrió.
- Servicios de salud mental si la víctima sufrió daños a nivel psicológico.
- Salarios que dejó de devengar la víctima o los padres de la víctima como resultado de las lesiones.
Independientemente de la cantidad que deba pagarse como indemnización, el pupilo tendrá derecho a una audiencia donde se determine el monto específico a cancelar, el cual dependerá de la gravedad del delito cometido.
Si el pupilo es culpable de un delito mayor, el monto de la indemnización oscilará entre $100 y $1.000. En cambio si el pupilo es culpable de un delito menor, el monto no excederá los $100.
¿Qué responsabilidad financiera tienen los padres de un menor que está bajo tutela judicial?
Cuando el tribunal impone al pupilo el pago de multa e indemnización, es posible que el menor no tenga la capacidad financiera para pagar. Por lo tanto, sus padres serán responsables del pago de estas sumas. Sin embargo, al momento de imponerlas, el tribunal tomará en consideración la capacidad financiera que éstos tengan.
Si los padres buscan evadir el pago de la multa y la indemnización, tendrán la obligación de demostrar que:
- No están en condiciones de pagar.
- No recibieron un aviso acerca de su responsabilidad en el pago de las multas y de la indemnización.
- No estuvieron presentes durante la audiencia donde se les requirió asumir la responsabilidad en el pago de dichos conceptos.
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Cuando el tribunal determina que un menor debe estar bajo tutela judicial, es porque considera que lo más conveniente es un cambio de entorno fuera del núcleo familiar.
Si su hijo ha cometido un delito y está a punto de ser puesto bajo la tutela de un tribunal, es importante que busque asesoría legal de inmediato. Una de las consecuencias principales de que esto suceda, es que el tribunal limite la autoridad que como padre, tiene sobre el menor.
Afortunadamente, en el Bufete de Defensa Criminal encontrará la asesoría que está buscando. Comuníquese con nosotros al 619-722-5858. ¡Marque ya!